viernes, 24 de enero de 2014

Q.E.P.D - Irma Montes Patiño

Se acaba de propinar el golpe más fuerte contra la ley de consulta previa, desde su promulgación hace dos años. La responsable ha sido, lamentablemente, la flamante ministra de Cultura, Diana Álvarez-Calderón, es decir, la "garante" de esa ley. Y es que, en su primera entrevista a un programa televisivo -concedida al periodista Jaime  de Althaus-, la ministra entró en una serie de contradicciones que evidenciaron su falta de información sobre el tema.

No es nuestra intención hacer notar las debilidades técnicas de la ministra Álvarez-Calderón ni su falta de información sobre los alcances de su cargo, pero sí la de su situación al mando de un ministerio que quizá sea el mas importante para destrabar la millonaria inversión paralizada para grandes proyectos extractivos y de infraestructura.

Si bien su nombramiento fue muy criticado, siempre es fácil hacerlo desde el otro lado de la vereda y por eso, luego de analizar su posición, podemos contar con información mas certera, pues proviene de sus mismas declaraciones. La sorpresa se da mas por el lado de las personas que están a cargo de los temas técnicos, de las que la asesoran y de las que ya formaban los cuadros de expertos en el sector que ella ahora lidera. 

La ministra es la que lleva la voz cantante en el sector y hace eco de la línea trazada por el gobierno. Es decir, que lo que ella manifiesta no es sólo algo con lo que esta de acuerdo personalmente, sino que transmite la opinión de los que proponen las políticas de su sector.
Pues bien, el golpe del que hablamos al inicio se da a por fin aceptar lo que muchos quisieron esconder y no reconocer: que no existen lineamientos técnicos serios para determinar quiénes serán los pueblos a los que la ley de consulta debe consultar. Se ha escrito y debatido extensamente sobre el objeto a consultar, el contenido de lo consultado y demás aspectos, pero de nada serviría llegar a un acuerdo bajo esas condiciones si lo principal -el sujeto de la propia consulta- no se puede reconocer. Y es que si bien la ley se basa en los criterios que recoge el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (1989), ese mismo convenio es muy amplio, genérico y hasta poco claro en cuanto al criterio de la subjetividad, es decir, que los pueblos indígenas mismos deben autorreconocerse como tales.

Queda pues en evidencia lo que hemos venido sosteniendo en esta columna del aspecto demagógico de dicha ley y que sólo fue usada como una ficha táctica en el nuevo tablero del entonces inaugurado gobierno. Donde las aclamaciones llegaron al extranjero, como si ello anunciara lo que sería un gobierno justo, inclusivo, tolerante, y eficiente en materia de pueblos indígenas, Dos años después, nada mas alejado de la realidad.

En conclusión, con lo que manifestó la ministra Álvarez-Calderón, podemos considerar que se ha sepultado la ultima posibilidad de implementación adecuada de la ley, pues declaró que para saber a quienes se les consultará "se ha solicitado al Minagri [Ministerio de Agricultura y Riego] el poyo con un catastro que se hará en el siguiente censo", es decir, no se tendrá respuesta a esa pregunta crucial en este gobierno y, claro, ya será responsabilidad del próximo o de alguien más. Que en paz descanse, ley de consulta previa.

Irma Montes Patiño

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